NUEVO GRUPO FESTIÓN PROCESAL .864 PLAZAS OPOSICIONES GESTIÓN PROCESAL

NUEVO GRUPO FESTIÓN PROCESAL .864 PLAZAS OPOSICIONES GESTIÓN PROCESAL

EN EL BOE DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DE 2025 SE PUBLICA LA CONVOCATORIA PARA 2660 PLAZAS PARA LA ADMINISTARCIÓN DE JUSTICIA

EL PLAZO DE INSTANCIAS ACABARÁ EL DÍA 29 DE ENERO DE 2026

YA ALA VENTA LOS TEMARIOS TOTALMENTE ACTUALIZADOS.

Ya a la venta temarios , test y supuestos para auxilio, gestión y Tramitación. Puede pedirlos en nuestra web, envíos a toda España en 48 horas.

INMINENTE CONVOCATORIA PARA OPOSICIONES JUSTICIA

LA OFERTA DE EMPLEO DE 2025 HA SIDO PUBLICADA EN EL BOE DEL 16 DE JULIO DE 2025

2660 PLAZAS PARA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

864 PLAZAS OPOSICIONES GESTIÓN PROCESAL

1251 PLAZAS OPOSICIONES TRAMITACIÓN PROCESAL

545 PLAZAS OPOSICIONES AUXILIO JUDICIAL

412 PLAZAS GESTIÓN PROCESAL PROMOCIÓN INTERNA

Nuevos grupos online, con clases en directo que se quedan grabadas, banco de test y se irán facilitando los temas hasta que se dite el temario definitivo.

GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA l LIBRE

Miércoles  4 de febrero de 2026

16,30 A 19,30

Honorarios: 120 euros/mes

Banco de test

 

TRAMITACIÓN PROCESAL Y AUXILIO JUDICI

Martes s 27 de enero de 2026

16,30 A 20,30

Honorarios: 120 euros/mes

Profesora:  Miguel Guerra.

Banco de test

LLAMANOS AL 91 369 11 21 info@jurispericia.com academia@jurispericia.com

Importantes cambios en los programas de las oposiciones gestión Procesal, Oposiciones Tramitación Procesal y Oposiciones Auxilio Judicial. COMIENZA A PREPARAR CUANTO ANTES LAS OPOSICIONES PARA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. OFERTA DE EMPLEO DE JUSTICIA 2025.

1.- Se modifica la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial en numerosos extremos, entre los que destacan los siguientes:

Se reforma la organización de la Administración de Justicia en todos sus ámbitos, mediante la creación de los Tribunales de Instancia y los Centrales de Instancia y la evolución de los Juzgados de Paz a Oficinas de Justicia en los municipios. Se modifica la regulación de la Oficina Judicial y desaparecen los juzgados con su propia forma de funcionamiento

Asimismo, se incluye la posibilidad de que la instrucción de un determinado proceso penal o el conocimiento en primera instancia de un procedimiento de cualquier orden jurisdiccional corresponda conjuntamente a tres jueces, juezas, magistrados o magistradas del Tribunal de Instancia.

Se crean órganos judiciales especializados en la instrucción y enjuiciamiento de causas penales por delitos cometidos contra personas menores de edad.

Asimismo, se prevén otras muchas modificaciones que afectan a los depósitos para recurrir, al CGPJ, a los funcionarios de justicia, a Jueces y Magistrados, Letrados de la Administración de Justicia (cuyo Reglamento a su vez también ha sido objeto de modificación por el Real Decreto 1280/2024, de 17 de diciembre, BOE núm. 308, de 23 de diciembre de 2024), etc.

2.- Se reforma la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil

Entre otras modificaciones destacan las siguientes:

  • Como regla general se establece como requisito de procedibilidad para que se admita la demanda en los juicios declarativos la obligación de haber intentado con carácter previo una solución extrajudicial del conflicto
  • Se reforman las costas procesales
  • Se potencia la figura del Procurador
  • Se establecen nuevas previsiones que protegen a los consumidores
  • Se introducen modificaciones en diversos procedimientos, siendo de especial relevancia las que afectan al juicio verbal.
  • Se modifican en profundidad las subastas judiciales y el convenio de realización y se introducen otras muchas modificaciones en el proceso de ejecución

3.- Modificaciones en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, aprobada por el Real Decreto de 14 de septiembre de 1882.

Entre otras modificaciones, se pueden citar las siguientes:

  • Se establecen limitaciones a la posibilidad de denunciar por vía telemática.
  • Se introducen mejoras en la conformidad del acusado o procesado
  • Se modifica la regulación de la información de derechos y ofrecimiento de acciones
  • Se reforma en profundidad el procedimiento abreviado, introduciendo en el mismo una audiencia preliminar
  • Se introducen modificaciones en la ejecución de sentencias
  • Se establece la tramitación preferente de los procesos penales en los que esté involucrado como víctima una persona menor de edad.
  • Asimismo, se prevé la justicia restaurativa, en principio facultativa; si bien, el juez o el Tribunal, valorando las circunstancias del hecho, de la persona investigada, acusada o condenada y de la víctima, podrá, de oficio o a instancia de parte, remitir a las partes a un procedimiento restaurativo, salvo en los casos excluidos por ley.

4.- Modificación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa

En el ámbito del proceso contencioso-administrativo, en especial, se modifica el procedimiento abreviado y alguna cuestión que afecta a la competencia o a la actuación de los sindicatos.

5.- Modificación de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social

En orden jurisdiccional social se introducen modificaciones que afectan, entre otras cuestiones, a la conciliación, a la oralidad de las sentencias, así como a los recursos, en especial al recurso de casación para la unificación de doctrina; asimismo, también se modifican algunos plazos.

6.- Otras leyes modificadas

Se reforman otras muchas leyes que afectan al temario, entre las cuales se encuentran:

  • Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria
  • Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas
  • Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita
  • Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores
  • Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial, para adaptarla a la nueva organización judicial
  • Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal
  • Texto refundido de la Ley Concursal aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo.
  • Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre
  • Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
  • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
  • Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno

LLAMANOS AL 91 369 11 21 info@jurispericia.com academia@jurispericia.com

 

 

 

 

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *