¿Cómo se fijan los destinos en la Administración de Justicia?

¿Cómo se fijan los destinos en la Administración de Justicia?

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Recientemente se ha aprobado una enmienda a la Ley Orgánica del Poder Judicial que reduce los diferentes centros de destino actuales en un único centro por municipio, estableciendo la asignación de los funcionarios a los puestos de trabajo de cada centro a través de la utilización de criterios objetivos establecidos en función de las necesidades del servicio y la carga de trabajo.

Esto ha suscitado un gran malestar entre los funcionarios de justicia porque vulnera el derecho a la negociación colectiva, además de impedirles seleccionar voluntariamente el trabajo que quieren desarrollar y que corresponde con su categoría, estando sujetas al criterio de quién deba tomar la decisión, dato no facilitado en la enmienda, lo que genera aún más inconformidad con el texto que dice “Se entenderá por centro de destino, el conjunto de los puestos que radiquen en el mismo municipio, que estén servidos por funcionarios de la Administración de Justicia. En Jurispericia, La asignación de los funcionarios a los puestos de trabajo incluidos en el mismo centro de destino se efectuará de acuerdo con criterios objetivos relacionados con las necesidades del servicio y las cargas de trabajo, con respeto a las condiciones económicas de los funcionarios y previa negociación con las organizaciones sindicales, en los términos en que reglamentariamente se establezcan.”

Medidas aún sin concretar

Tampoco se establece si su aplicación será a nivel nacional, de Comunidades Autónomas o ambos, pudiendo llegar a ser una transferencia a las segundas de la regulación para asignar los puestos de trabajo, por lo que podríamos encontrarnos con una diferente en cada CCAA.

Los traslados dentro de un mismo municipio pueden suponer un gran perjuicio, sobre todo en los más grandes y los concursos para traslados no se podría optar a un centro de trabajo más concreto que el municipio, como hasta ahora.

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